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Cap. I.- Disposiciones generales

Art. 1- Integración de la actividad preventiva
Art. 2- Acción de la empresa en materia de prevención de riesgos

Cap. I.- Evaluación de los riesgos
             y planificación de la actividad preventiva

  Sección 1a- Evaluación de los riesgos

Art. 3- Definición
Art. 4- Contenido general de la evaluación
Art. 5- Procedimiento
Art. 6- Revisión
Art. 7- Documentación

Sección 2a- Planificación de la actividad preventiva

Art. 8- Necesidad de la planificación
Art. 9- Contenido


Cap. III.- Organización de recursos para las actividades preventivas


Art. 10- Modalidades
Art. 11- Asunción personal por el empresario de la actividad preventiva
Art. 12- Designación de trabajadores
Art. 13- Capacidad y medios de los trabajadores designados
Art. 14- Servicio de prevención propio
Art. 15- Organización y medios de los servicios de prevención propios
Art. 16- Servicios de prevención ajenos
Art. 17- Requisitos de las entidades especializadas para poder
            actuar como servicio de prevención
Art. 18- Recursos materiales y humanos de las entidades especializadas
            que actúen como servicios de prevención
Art. 19- Funciones de las entidades especializadas que actúen como
            servicios de prevención
Art. 20- Concierto de la actividad preventiva
Art. 21- Servicios de prevención mancomunados
Art. 22- Actuación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
            Profesionales de la Seguridad Social como servicios de prevención
 

Cap. IV.- Acreditaciones de entidades especializadas
como servicios deprevención ajenos a las empresas

Art. 23- Solicitud
Art. 24- Autoridad competente
Art. 25- Aprobación provisional
Art. 26- Acreditación
Art. 27- Mantenimiento de las condiciones de acreditación
Art. 28- Registro

Cap. V.- Auditorías

Art. 29- Ámbito de aplicación
Art. 30- Concepto y objetivos
Art. 31- Documentación
Art. 32- Requisitos
Art. 33- Autorización

Cap. VI.- Funciones y niveles de cualificación

Art. 34- Clasificación de las funciones
Art. 35- Funciones de nivel básico
Art. 36- Funciones de nivel intermedio
Art. 37- Funciones de nivel superior

Cap. VII.- Colaboración de los servicios de prevención
con el Sistema Nacional de Salud


Art. 38-
Colaboración con el Sistema Nacional de Salud
Art. 39- Información Sanitaria

Disposiciones adicionales

Primera- Carácter básico
Segunda- Integración en los servicios de prevención
Tercera- Mantenimiento de la actividad preventiva
Cuarta- Aplicación a las Administraciones Públicas
Quinta- Convalidación de funciones
Sexta- Reconocimientos médicos previos
           al embarque de los trabajadores del mar
Séptima- Negociación colectiva
Octava- Criterios de acreditación y autorización
Novena- Disposiciones supletorias en materia
              de procedimientos administrativos
 

Disposiciones Transitorias

Primera- Constitución de servicio de prevención propio
Segunda- Acreditación de Mutuas de Accidentes de Trabajo
                 y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
Tercera- Acreditación de la formación
Cuarta- Aplicación de los criterios de gestión de la prevención de riesgos
             laborales en hospitales y centros sanitarios públicos

Disposiciones Derogatoria única

Alcance de la derogación normativa

Disposiciones Finales

Primera- Habilitación reglamentaria
Segunda- Entrada en vigor